
La actividad de nuestro poder reformador ha sido no sólo intensa (más de 500 mutaciones a la Constitución de 1917 en casi un siglo de vida), sino vanguardista en términos generales (pues también ha tenido funestos retrocesos). Casi siempre con la mira no sólo en el presente sino en el futuro. No se ha ejercido sólo como función correctiva sino constructiva de un país mejor.
Ahí están por ejemplo las siete reformas político-electorales desde la de José López Portillo-Jesús Reyes Heroles de 1977 hasta la del 2007, por medio de las cuales México transitó de un régimen de partido cuasi-hegemónico a una democracia que, aunque aún “de baja intensidad”, es democracia al fin, donde atrás quedó la certeza de un “tapado”, sustituida ahora por la sana incertidumbre de varios destapados.
Ahí están las reformas para rediseñar al Poder Judicial de la Federación, tanto las de 1994 como las de 2008. Las primeras para pasar de una Corte de Casación a un Tribunal Constitucional vía acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales, así como la creación del Consejo de la Judicatura. Ya no digamos la reforma de los juicios orales para transitar de un añejo, obsoleto y disfuncional sistema inquisitivo-escrito a otro acusatorio-oral.
Ahí están también las reformas de amparo y derechos humanos que incorporó la figura del interés colectivo. Y gracias a esa reforma ahora se tienen mecanismos procesales para la defensa de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales.
La lista podría continuar con otras también de gran calado, como una que recibió poca atención pero tiene indubitable trascendencia social: la reforma al artículo 17 constitucional y varias disposiciones legales para establecer por vez primera en el país a las acciones colectivas. Con esta figura ahora se pueden tutelar por vía jurisdiccional ante jueces civiles federales los derechos e intereses difusos y colectivos y los individuales de incidencia colectiva. Derechos e intereses como el acceso al agua potable y alcantarillado, a contar con un medio ambiente sano, la biodiversidad y los recursos forestales, los derechos de los consumidores y usuarios de servicios financieros. No obstante, es de lamentar que el legislador se haya quedado corto con esta reforma de apertura legitimatoria relativa, ya que por un lado amplió el espectro de protección a derechos e intereses antes no protegidos, pero al mismo tiempo lo restringió al dejar fuera a todos los derechos de tercera generación incluidos en los artículos primero (no discriminación) y segundo (libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas) constitucionales. Queda pues esta materia pendiente.
Con los antecedentes reformistas antes mencionados, la reciente reforma política nació con grandes expectativas de un cambio o transformación mayor ya que, en un entorno internacional y nacional proclives al empoderamiento ciudadano, se había visto como la reforma del tránsito de la democracia partidista a la democracia ciudadana. Pero no fue así.
Sobre los mecanismos para una mayor participación ciudadana se rechazaron la reelección de los legisladores, presidentes municipales y jefes delegacionales del DF. Lo mismo sucedió con el plebiscito, el referéndum y la revocación del mandato. Tan sólo pasaron las candidaturas independientes, la iniciativa popular (con 0.13% de la lista nominal de electores).
Los demás elementos ya no corresponden al empoderamiento ciudadano como son la regulación y acotamiento de la presidencia interina (sólo el secretario de Gobernación asumiría provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo), la eliminación de la cláusula de gobernabilidad en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y el blindaje de la toma de protesta del presidente electo ante las Mesas Directivas de las Cámaras del Congreso de la Unión y eventualmente ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación).
Por el contrario, no pasaron la reconducción y veto al presupuesto de egresos ni la iniciativa a favor de la SCJN en temas de su competencia.
Que la gente participe no sólo a través de una democracia directa además de la indirecta hubiera representado un paso importante en la vida política del país: los mexicanos han perdido ese voto de confianza con una reforma que otorga poco y deja pendiente mucho.
Esta reforma sin duda es el fiel reflejo de una Cámara de Diputados minimalista tanto que incluso se mantiene en franca violación constitucional al no poder integrar en su totalidad al IFE como lo dispone nuestra Carta Magna.
Veamos ahora qué dice y decide el Senado sobre la reforma que pudo haber sido y no fue.